Inscribir en el registro la comunicación que hacen los juzgados de la entrega de un automotor en cuyo legajo se hubiera anotado previamente una denuncia de robo o hurto. Si se recuperase solamente el motor o el chasis se admitirá la comunicación de recupero de la parte de que se trate.
Qué documentación se debe presentar. Requisitos:
1.- Solicitud Tipo “04” firmada por el peticionario y certificada por escribano público o el encargado del registro.
2.- Constancia judicial de recupero. Original y fotocopia simple.
3.- Si existiere prenda: notificación del acreedor prendario en la Solicitud Tipo “04” firmada y certificada, o copia emitida por el correo del telegrama colacionado o Carta Documento por el que se notifica del hecho al acreedor prendario.
4.- V