Obtener el Pasaporte expedido por la Policía Federal Argentina, de carácter obligatorio para viajar al exterior, exceptuando los países limítrofes, a los cuales se puede viajar con Cédula de Identidad o Matrícula Individual (Documento Nacional de Identidad o Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento).
Requisitos generales:
1.- Documento Nacional de Identidad (DNI) o Libreta Cívica (LC) o Libreta de Enrolamiento (LE), en perfecto estado de conservación, sin tachaduras ni enmiendas (Ley 17.671 y sus modificaciones).
2.- Partida, Acta o Certificado de Nacimiento o, supletoriamente, Libreta de Matrimonio de progenitores donde conste el nacimiento.
3.- Documento que acredite estado civil actual.
RECUERDE: el estado civil soltero no debe acreditarse.
4.- Formulario de Solicitud de Pasaporte/Cédula/Certificados. Puede obtenerlo en:
- Las delegaciones de Policía Federal.
- Formulario de Pasaporte
Requisitos necesarios para el que ha tramitado anteriormente Cédula y/o Pasaporte ante este organismo:
Deberá cumplimentar los requisitos generales, exceptuando la partida o certificado de nacimiento. En caso de poseer Pasaporte anterior, deberá presentarlo, o en su defecto, tendrá que abonar denuncia de extravío del mismo.
Argentino menor no emancipado
Deberá cumplimentar los requisitos generales y si los padres están casados, puede asistir con uno de ellos, con la Libreta o Certificado de Matrimonio; si los padres son solteros, separados o divorciados deben autorizar ambos, ante el funcionario receptor del trámite o, de asistir uno de ellos, deberá presentar la autorización del otro; en caso de progenitor fallecido o ausente, se deberá contar con la presencia del viudo munido del certificado de defunción o la correspondiente autorización judicial; si ambos padres fallecieron o se encuentran ausentes, se deberá presentar la autorización de mención.
Argentino menor emancipado
Deberá cumplimentar los requisitos generales y acreditar emancipación.
Argentino naturalizado o por opción
Requisitos generales y se deberá aportar copia de la Carta de Ciudadanía debidamente certificada por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER), consultar en la siguiente página: http://www.renaper.gov.ar. En caso de argentino por opción, deberá presentarse copia certificada de la resolución de la opción expedida por dicho organismo.
Argentino residente en el exterior
Requisitos generales, y, además deberá acreditarse: ingreso al país inferior a tres meses (mediante sello de ingreso estampado en pasaporte o en su defecto, ficha de ingreso al país expedida por autoridad migratoria) y residencia en el exterior, mediante documentación vigente, según el país de que se trate (por ejemplo, licencia de conducir).
IMPORTANTE:
A partir de la entrada en vigencia del Decreto 203/2005, publicado en el B.O. el 15/03/2005 los pasaportes consulares no caducan al ingresar su titular al país.
Extranjero
Deberá cumplimentar los requisitos generales, acompañando los documentos con la respectiva legalización y, en caso de tratarse de países de habla no hispana, traducción de la documentación presentada.
Sólo podrá obtener Pasaporte MERCOSUR en los siguientes casos:
En caso que la solicitud corresponda a un menor extranjero, hijo de ciudadano argentino, sólo se le extenderá Pasaporte hasta el momento que opte por una ciudadanía (18 años de edad).
Si se trata de extranjera, esposa o viuda de ciudadano argentino, se extenderá pasaporte sólo en caso que nunca haya hecho uso del pasaporte de su nacionalidad, y deberá, además, acreditar consentimiento del cónyuge o en su defecto, aportar datos de enrolamiento del mismo (viuda).
NOTA:
Los ciudadanos extranjeros solo podrán obtener Pasaporte MERCOSUR en los casos anteriormente mencionados. Existen Pasaportes Especiales para extranjeros en casos puntuales: apátridas y refugiados, o ciudadanos que no poseen representación diplomática. Para mayor información, consultar en la página de la Policía Federal Argentina: http://www.policiafederal.gov.ar
NOTA:
La traducción deberá realizarse por un traductor público nacional, legalizándose en el Colegio Público de Traductores, sito en Av. Corrientes 1834, C1022AAC, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La traducción original quedará en la Policía Federal. Consultar en la siguiente dirección: http://www.traductores.org.ar
"RECUERDE: de toda la documentación solicitada, deberá presentar original y fotocopia".
Cómo se hace:
1.- Solicitar el pasaporte en el Centro de Documentación la Policía Federal Argentina sito en la calle Azopardo 620, Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en una delegación del interior del país. Puede consultar las delegaciones aquí
NOTA:
Al momento de finalizar el trámite se le entregará un comprobante, que deberá conservar para recibir o retirar el documento.
2.- Recibir el Pasaporte en el domicilio denunciado en la planilla solicitud o retirar el mismo en el Centro de Documentación, en la Ventanilla de Entrega de Documentos sita en Av. Ingeniero Huergo 651, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 8:00 a 20:00, de Lunes a Viernes y de 8:00 a 13:00, los días Sábados.
Cuánto vale:
Pasaporte $130.-
Quién puede/debe efectuarlo:
Personalmente, no se admite la intervención de terceros o gestores.
Qué vigencia tiene el documento tramitado
El pasaporte tiene una vigencia de 5 años.
Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo:
Debería asistir UNA vez:
1.- Solicitar el Pasaporte. El mismo será enviado al domicilio declarado.
NOTA: Si ejerce la opción de retirar el documento, debería concurrir DOS veces.
Períodos de menor concurrencia
Existe una mayor demanda en los periodos de vacaciones de invierno y de verano.
De qué organismo depende:
Policía Federal Argentina, Ministerio del Interior.
Tiempo desde la solicitud hasta la entrega:
Una vez aprobado el trámite, no mediando inconvenientes de orden legal o técnico administrativo, el interesado recibirá su documento en el domicilio denunciado a partir de los 15 días hábiles de iniciado el mismo o lo retirará en el Centro de Documentación, si ha ejercido la opción. Deberá conservar el comprobante respectivo que será requerido contra entrega del documento. Dicho plazo no rige para los residentes en el exterior, a los que se les hará entrega del pasaporte en aproximadamente 5 días hábiles.
En ambos casos, los plazos podrán extenderse si surge algún tipo de observación en el trámite, sea de índole administrativa o legal.
• Centro de Documentación de la Policía Federal Argentina
• Delegaciones de la Policía Federal Argentina en el interior del país